Liberarán en Chile al lider político y espiritual mapuche Facundo Jones Huala, por resolución de la Corte Suprema Chilena, tal lo comunicado a la redacción de Antimadia Dos Mil, en Uruguay, por parte de la Gremial de Abogados de Argentina. El máximo referente de la comunidad mapuche de Cushamen y Bariloche venía realizando una huelga de hambre seca, que días atrás optó por suspender no solo porque se encontraba muy grave, sino además porque así lo estimo luego de tomar conocimiento del deceso de su hermano Fausto, en la zona de Bariloche, en el marco de un lamentable caso de autoeliminación. Evaluando todo este contexto, el “Lonko” Jones Huala pasó a la huelga líquida en tanto que a nivel de sus defensores de la Gremial de Abogados se continuaron practicando diligencias legales en reclamo de su liberación, la que finalmente llego en el correr de las ultimas horas, restando solo ahora la debida instrumentación para materializarla.
En tal sentido desde la Gremial de Abogados de Argentina se nos hizo llegar la noticia de la decisión de otorgarle la libertad a Facundo Jones Huala. Reproducimos textualmeme el comunicado con la impronta intacta de la gremial, donde se dan a conocer particularidades de la buena nueva:
“CON LOS MISMOS ARGUMENTOS PLANTEADOS POR LA GREMIAL DE ABOGADOS DE ARGENTINA Y QUE RECHAZÓ EL JUEZ FEDERAL DE BARILOCHE, LA CORTE SUPREMA CHILENA DEJA EN LIBERTAD A FACUNDO JONES HUALA”
“El Fallo de la Corte chilena debería ser empapelado por las comunidades mapuche en las paredes del Juzgado Federal de Bariloche para que el Juez Villanueva y otros funcionarios judiciales no solo aprendan a cumplir con el Derecho sino además a no ser funcionales a los sectores dominantes y de los grupos racistas a costa de lo que pueda quedarles de su propio prestigio y su credibilidad”
Ha argumentado técnicamente y con suficiencia cada aspecto de nuestro planteo que era que, más allá de los cómputos que en Chile se hicieran respecto a lo que le quedaba de pena por cumplir, lo que correspondía era subordinarlos al cumplimiento del Derecho Internacional Público, al Tratado de extradición vigente entre los dos países y al compromiso que, en consecuencia con este, asumió el estado chileno al pedir la extradición”
“Cuando le pedimos al juez Villanueva que fue el que declaró procedente la extradición para cumplir “el remanente de pena de 1 año, 4 meses y 17 días” que exigiera a Chile que respetara ese compromiso, el juez ninguneó su propia sentencia en pos de ese “derecho penal del enemigo” que últimamente se aplica a los mapuche en nuestro país. Él sabrá. Pero lo más grave es que incumplió con todo el derecho que hemos mencionado, lo que −de no haber sido corregido por la Corte de Chile− hubiera implicado la responsabilidad internacional de nuestro país.
Villanueva se negó a exigir el cumplimiento y sostuvo que Chile podía hacer lo que le pareciera”.
“Todos y todas pudieron apreciar nuestros argumentos y ahora cotejarlos con lo que plantea la Corte chilena que los adoptó como propios”.
“Facundo quedará en libertad.
A un costo alto de su salud sacrificada”
“Les agradecemos a tantos y tantas que confiaron en nosotros tanto en Argentina como en Ch
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